RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
                                                    Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.
Constituir tu empresa
Formaliza tus operaciones

Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.

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                                                    Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.
Constituir tu empresa
Formaliza tus operaciones

Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.

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                                                    Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.
Constituir tu empresa
Formaliza tus operaciones

Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Un ingeniero especialista en manejo y gestión de residuos sólidos debe poseer un sólido conocimiento de las leyes y regulaciones ambientales relacionadas con el transporte y manejo de residuos en el Ministerio del Ambiente en Lima Perú. Debe estar familiarizado con las mejores prácticas de la industria, ambiental, reducción de impacto ambiental, transporte de residuos, tecnologías de tratamiento de residuos, reducción de la contaminación, valorización y trnasformación de residuos y técnicas de minimización de impacto ambiental. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Responsabilidad Técnica
Ingeniero Colegiado Habilitado

Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Un ingeniero especialista en manejo y gestión de residuos sólidos debe poseer un sólido conocimiento de las leyes y regulaciones ambientales relacionadas con el transporte y manejo de residuos en el Ministerio del Ambiente en Lima Perú. Debe estar familiarizado con las mejores prácticas de la industria, ambiental, reducción de impacto ambiental, transporte de residuos, tecnologías de tratamiento de residuos, reducción de la contaminación, valorización y trnasformación de residuos y técnicas de minimización de impacto ambiental. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Responsabilidad Técnica
Ingeniero Colegiado Habilitado

Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Un ingeniero especialista en manejo y gestión de residuos sólidos debe poseer un sólido conocimiento de las leyes y regulaciones ambientales relacionadas con el transporte y manejo de residuos en el Ministerio del Ambiente en Lima Perú. Debe estar familiarizado con las mejores prácticas de la industria, ambiental, reducción de impacto ambiental, transporte de residuos, tecnologías de tratamiento de residuos, reducción de la contaminación, valorización y trnasformación de residuos y técnicas de minimización de impacto ambiental. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Responsabilidad Técnica
Ingeniero Colegiado Habilitado

Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos. El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.
Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos. El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.
Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos. El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.
Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
Lista completa de Residuos Sólidos
Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
Lista completa de Residuos Sólidos
Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
Lista completa de Residuos Sólidos
Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

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                                                    Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
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                                                    A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
                                                    a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
                                                    b) Recolección y transporte;
                                                    c) Transferencia;
                                                    d) Tratamiento;
                                                    e) Acondicionamiento;
                                                    f) Valorización; y,
                                                    g) Disposición final.
Registro Autoritativo
Inscripción EO-RS/MINAM

En el marco de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, solo aquellas empresas registradas estarán autorizadas a trabajar con residuos sólidos.
Para la inscripción en el Registro Autoritativo, el solicitante debe presentar al MINAM el formulario o solicitud de Inscripción para EO-RS, el cual tiene carácter de declaración jurada; estando el procedimiento administrativo sujeto a fiscalización posterior. Dicho Formato debe estar suscrito por el/la representante legal y el/la responsable técnico.
A través de la inscripción en el Registro Autoritativo de EO-RS, se autoriza el inicio de las operaciones que se detallan a continuación:
a) Barrido y limpieza de espacios públicos;
b) Recolección y transporte;
c) Transferencia;
d) Tratamiento;
e) Acondicionamiento; f) Valorización; y,
g) Disposición final.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
                                                    Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.
Constituir tu empresa
Formaliza tus operaciones

Cuando tu empresa ya está oficialmente registrada en la SUNARP ya puedes proceder a inscribir tu negocio en el Registro Único de Contribuyentes (RUC 20) de la SUNAT, para identificarte como contribuyente Jurídico, para proteger el nombre de tu empresa y la legitimidad de tu negocio. El número que te proporcionen será único e identificará a tu empresa cuando tengas que hacer cualquier trámite.
Facilita también tu participación empresarial en licitaciones y procesos de selección del Estado.

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RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Un ingeniero especialista en manejo y gestión de residuos sólidos debe poseer un sólido conocimiento de las leyes y regulaciones ambientales relacionadas con el transporte y manejo de residuos en el Ministerio del Ambiente en Lima Perú. Debe estar familiarizado con las mejores prácticas de la industria, ambiental, reducción de impacto ambiental, transporte de residuos, tecnologías de tratamiento de residuos, reducción de la contaminación, valorización y trnasformación de residuos y técnicas de minimización de impacto ambiental. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Responsabilidad Técnica
Ingeniero Colegiado Habilitado

Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Un ingeniero especialista en manejo y gestión de residuos sólidos debe poseer un sólido conocimiento de las leyes y regulaciones ambientales relacionadas con el transporte y manejo de residuos en el Ministerio del Ambiente en Lima Perú. Debe estar familiarizado con las mejores prácticas de la industria, ambiental, reducción de impacto ambiental, transporte de residuos, tecnologías de tratamiento de residuos, reducción de la contaminación, valorización y trnasformación de residuos y técnicas de minimización de impacto ambiental. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos. Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Responsabilidad Técnica
Ingeniero Colegiado Habilitado

Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

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                                                    Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
                                                    Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
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Documentos que acrediten la especialización y la experiencia en la gestión y manejo de residuos sólidos.
Además, presentar una carta de compromiso debidamente firmada por el/la profesional que se hará cargo de la dirección técnica de la EO-RS; adjuntando para ello, en caso corresponda, copia de los documentos establecidos en la normatividad y reglamento vigente.
Asimismo, se debe indicar la autenticidad de los documentos presentados en copia simple, lo cual tendrá carácter de declaración jurada, de conformidad con lo establecido en el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos. El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.
Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

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Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
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Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
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Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
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Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

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Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

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Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar. El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos. El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.
Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

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Licencia de Funcionamiento
Autorización Municipal

Según corresponda, expedida por la autoridad municipal respectiva, consignando un giro de negocio acorde a las operaciones a desarrollar.
(*) El MINAM establece otros tipos de infraestructura de residuos sólidos, las condiciones para su implementación y funcionamiento, siempre que sustente su utilidad dentro del ciclo de gestión de residuos sólidos.
El otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento para la infraestructura de residuos sólidos se rige por lo dispuesto en la normativa vigente.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

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                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

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                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

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                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

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                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

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                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:<br>
                                                    a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
                                                    b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
                                                    c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
                                                    d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
                                                    e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;<br>
                                                    f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
                                                    1. De color blanco;
                                                    2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
                                                    3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
                                                    4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
                                                    g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.
Recolección y Transporte
Transporte de Residuos Sólidos

Para realizar las operaciones de recolección y transporte las EO-RS deben tener en cuenta lo siguiente:
a) Asegurar un adecuado control de los riesgos sanitarios y ambientales;
b) Transportar los residuos sólidos de acuerdo a su naturaleza física, química y biológica, características de peligrosidad, e incompatibilidad con otros residuos;
c) Garantizar el mantenimiento preventivo de los equipos y vehículos que empleen para el transporte de residuos; los que, a su vez, deben contar con señalética visible del tipo de residuo que transportan;
d) El personal a cargo de la recolección y transporte de residuos sólidos debe contar con equipo de protección personal y haber recibido capacitación sobre los tipos y riesgos de los residuos que manejan y los procedimientos frente a incidentes (incendios, derrames, entre otros);
e) Utilizar las rutas de tránsito de vehículos de transporte de residuos sólidos peligrosos autorizadas por la municipalidad provincial correspondiente;
f) Emplear vehículos para el transporte de residuos peligrosos con las siguientes características:
1. De color blanco;
2. Identificación visible en color rojo del tipo de residuo que transporta en ambos lados del compartimiento de carga del vehículo;
3. Nombre y teléfono de la EO-RS en ambas puertas de la cabina de conducción;
4. Número de registro emitido por la MINAM, en ambos lados de la parte de carga del vehículo, en un tamaño de 40 por 15 centímetros;
g) Los vehículos para el manejo de residuos sólidos biocontaminados deben ser utilizados exclusivamente para tal fin.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

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                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

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                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

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                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
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Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

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                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
Participación en Licitaciones

Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
                                                    Obligaciones del generador no municipal.
                                                    Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales: 
                                                    a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278; 
                                                    b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos; 
                                                    c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
                                                    d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
                                                    e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
                                                    f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
                                                    g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
                                                    h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.
                                                    Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
                                                    Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
                                                    La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.
Sustentamos expedientes técnicos en OSCE
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Los generadores de residuos no municipales deben incluir en su Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos, estrategias preventivas orientadas a alcanzar la minimización en la fuente. Dicho Plan forma parte del IGA.
Obligaciones del generador no municipal. Son obligaciones de los generadores de residuos sólidos no municipales:
a) Manejar los residuos sólidos que generen, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 55 del Decreto Legislativo nº 1278;
b) Conducir el registro interno sobre la generación y manejo de los residuos sólidos, en sus instalaciones, con la finalidad de disponer de la información necesaria sobre la generación, minimización y manejo de los residuos sólidos;
c) Contratar a una EO-RS para el manejo los residuos sólidos fuera de las instalaciones industriales o productivas, áreas de la concesión o lote del titular del proyecto;
d) Brindar las facilidades necesarias a las autoridades competentes para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
e) Establecer estrategias y desarrollar acciones orientadas a la prevención y/o minimización y/o valorización de residuos sólidos, como primera opción de gestión;
f) Adoptar medidas para la restauración y/o rehabilitación y/o reparación y/o compensación ambiental por el inadecuado manejo de residuos sólidos no municipales de su actividad;
g) En caso se encuentren ubicados en zonas en las cuales no exista infraestructura de residuos sólidos autorizada y/o EO-RS, deben establecer e implementar alternativas de gestión que garanticen la adecuada valorización y/o disposición final de los residuos sólidos;
h) En caso los generadores de residuos sólidos de gestión no municipal realicen el aprovechamiento de material de descarte y/o coprocesamiento, deben regirse por lo establecido en los artículos sobre la materia.

Aquellos generadores de residuos sólidos no municipales que se encuentran obligados a contar con un IGA, adicionalmente deben presentar la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos y los Manifiestos de Manejo de Residuos Peligrosos en formato digital, a través del SIGERSOL.
Las autoridades sectoriales, definen y aprueban el alcance, condiciones y lineamientos para la presentación de ambos documentos a través del SIGERSOL, en aquellos casos de los generadores de residuos sólidos no municipales que no se encuentran obligados a contar con un IGA.
La presentación de la Declaración Anual sobre Minimización y Gestión de Residuos Sólidos no Municipales -también denominada Declaración Anual de Manejo de Residuos Sólidos- y de los Manifiestos de Manejo de Residuos, es una obligación exclusiva del titular del proyecto o de actividades, y estos pueden ser elaborados con información generada por el propio titular de la actividad, así como por aquella brindada por sus proveedores de servicios, siendo en todos los casos, el generador no municipal el único responsable de su reporte.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Elaboración de guías técnicas:
                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

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                                                    En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
                                                    a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
                                                    b) Caracterización de residuos sólidos municipales; 
                                                    c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
                                                    d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública; 
                                                    e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
                                                    f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
                                                    g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.
Instrumentos de Gestión Ambiental
Planes de Manejo de Residuos Sólidos

Elaboración de guías técnicas:
En un plazo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir de la confirmación de servicios se elabora las siguientes guías:
a) Formulación de los planes de gestión de residuos sólidos municipales;
b) Caracterización de residuos sólidos municipales;
c) Formulación y evaluación de Instrumentos de Gestión Ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
d) Gestión operativa del servicio de limpieza pública;
e) Criterios y contenido para los proyectos de inversión de recuperación de áreas degradadas por residuos sólidos;
f) Estructuras de costos asociados a la operación y mantenimiento del servicio de limpieza pública;
g) Diseño y construcción de infraestructuras de disposición final de residuos sólidos municipales.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

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                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
Plan de Contingencia + MATPEL

Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
Clase 7: Materiales radiactivos.
Clase 8: Sustancias corrosivas.
Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.

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                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
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Plan de Contingencia + MATPEL

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Clase 1: Explosivos.
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Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
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Clase 7: Materiales radiactivos.
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                                                    Clase 1: Explosivos. 
                                                    Clase 2: Gases.
                                                    Clase 3: Líquidos inflamables. 
                                                    Clase 4: Sólidos inflamables. 
                                                    Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos. 
                                                    Clase 6: Sustancias tóxicas y sustancias infecciosas. 
                                                    Clase 7: Materiales radiactivos.
                                                    Clase 8: Sustancias corrosivas.
                                                    Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos varios.
Transporte de Materiales Peligrosos
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Las empresas de transportes que trasladan materiales y/o residuos peligrosos deben solicitar al MTC la aprobación de su plan de contingencia. En él se establecen las rutas, materiales y/o residuos peligrosos a transportar y las acciones o medidas de mitigación en caso ocurra un siniestro o accidente, a fin de preservar la salud de la población y el cuidado del medioambiente.
Clase 1: Explosivos.
Clase 2: Gases.
Clase 3: Líquidos inflamables.
Clase 4: Sólidos inflamables.
Clase 5: Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
Lista completa de Residuos Sólidos
Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

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d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
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                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

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b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

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                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
Lista completa de Residuos Sólidos
Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
                                                    a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien. 
                                                    b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien. 
                                                    c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien. 
                                                    d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien. 
                                                    e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.
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Ámbito, Origen y Peligrosidad

Para la identificación de un residuos sólido priorizado se podrá tener en cuenta, los siguientes criterios:
a) Identificación del origen y cadena de valor del residuo sólido del bien.
b) Volumen de generación de residuos sólidos asociado al bien.
c) Peligrosidad de los residuos sólidos del bien.
d) Posibilidad de valorización de los residuos sólidos del bien.
e) Alternativas de tecnologías disponibles para su valorización material o energética.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
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f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
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Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
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a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

RAEOMINAM.COM RAEOMINAM RAEOM Registro Autoritativo de Empresas Operadoras MINAM, para transporte de Residuos Sólidos. Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.

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                                                    a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
                                                    b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
                                                    c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
                                                    d) Recuperación de aceites usados;
                                                    e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
                                                    f) Otras alternativas de valorización.
Infraestructura de Residuos Sólidos
Planta de Valorización

Las plantas de valorización son infraestructuras donde se realizan las siguientes operaciones:
a) Actividades de acondicionamiento señaladas en la normatividad;
b) Biodegradación de la fracción orgánica de los residuos con fines de producción de energía o mejorador de suelo;
c) Uso de residuos orgánicos para el desarrollo de compostaje;
d) Recuperación de aceites usados;
e) Desmantelamiento/desensamblaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos;
f) Otras alternativas de valorización.